Murcia se está preparando para implementar su Zona de Bajas Emisiones (ZBE) como parte de un esfuerzo por mejorar la calidad del aire y reducir la contaminación urbana.
Esta iniciativa afectará principalmente a los vehículos más contaminantes y establecerá restricciones de acceso en varias áreas de la ciudad.
La ZBE en Murcia se basa en la legislación nacional y tiene como objetivo fomentar el uso de transporte sostenible. Se prevé que esta medida incluya una serie de restricciones y requisitos para los coches, que os detallaremos en los siguientes en este artículo.
Qué son las Zonas de Bajas Emisiones
Las Zonas de Bajas Emisiones (ZBE) son áreas urbanas diseñadas para controlar la contaminación del aire provocada por el tráfico vehicular.
Estas iniciativas buscan limitar el acceso a los vehículos más contaminantes, promoviendo un entorno urbano más saludable y sostenible.
Definición y objetivos
Contexto legal en España
Ciudades involucradas
La creación de Zonas de Bajas Emisiones no está limitada a una sola ciudad, sino que abarcará diversas urbes en todo el territorio nacional. Las ciudades que, como Murcia, cuentan con más de 50,000 habitantes se encuentran obligadas a establecer estas zonas.
Algunas de las ciudades españolas que ya han implementado o se encuentran en proceso de hacerlo son:
• Barcelona
• Madrid
• Valencia
• Bilbao
• Sevilla
La experiencia adquirida en estas ciudades puede ser aprovechada para desarrollar políticas más efectivas en otras localidades, como es el caso de Murcia, que actualmente está trabajando en la creación de su propia ZBE.
Implementación de la ZBE en Murcia
Fechas clave
La planificación y la ejecución de la ZBE en Murcia están marcadas por varias fechas cruciales que definen el ritmo de su implementación.
Tras un retraso en el cumplimiento inicial de la normativa, se estableció un nuevo calendario para su puesta en marcha.
• 1 de enero de 2023: Fecha original de activación de las Zonas de Bajas Emisiones en ciudades con más de 50,000 habitantes.
• 1 de julio de 2024: Nueva fecha límite establecida por el Ministerio para la Transición Ecológica para la implementación efectiva de la ZBE en Murcia.
Este prorrogar ha permitido a las autoridades locales adecuar los recursos y realizar los preparativos necesarios para garantizar una transición fluida hacia las nuevas regulaciones.
Legislación aplicable
El marco legal que respalda la instauración de la ZBE en Murcia es fundamental para su implementación. La legislación no solo establece la obligación de crear estas zonas, sino que también detalla las condiciones y procedimientos a seguir por parte de los municipios.
• Ley de Cambio Climático y Transición Energética: Aprobada en 2021, esta ley establece las bases para la creación de Zonas de Bajas Emisiones en ciudades con más de 50,000 habitantes, marcando un primer paso hacia la descarbonización de las ciudades.
• Reglamento sobre la Gestión de la Calidad del Aire: Este reglamento detalla las medidas que deben adoptar las ciudades para mejorar la calidad del aire, incluyendo el establecimiento de restricciones de acceso para vehículos contaminantes.
Esta normativa es fundamental para que la ZBE alcance sus objetivos. Las regulaciones pertinentes contribuyen a definir el tipo de vehículos que no pueden acceder a la ZBE y establecen los requisitos necesarios para el cumplimiento de las leyes de emisiones.
La implementación de la ZBE en Murcia, por lo tanto, no solo se enfrenta a desafíos logísticos y estructurales, sino que también opera bajo un marco legal que guía y apoya su desarrollo sostenible.
Delimitación geográfica de la ZBE en Murcia
La delimitación geográfica de la Zona de Bajas Emisiones en Murcia se está definiendo con el objetivo de incluir áreas clave donde se concentrará la regulación del acceso vehicular.
Se buscará abarcar tanto el núcleo urbano como los barrios con alta densidad de tráfico y población.
› Centro de Murcia
El centro de Murcia es una de las áreas más densamente pobladas y con mayor actividad comercial. Se estima que esta zona será incluida dentro de la ZBE, dada su importante circulación vehicular y la acumulación de emisiones contaminantes. La regulación en esta área también busca reducir el tráfico y promover una mejor calidad del aire.
› Barrios afectados
Los barrios de la ciudad que se verán afectados por la ZBE son aquellos con alta concentración de vehículos y población. Se están considerando varias vecindades, donde las restricciones tendrán un impacto significativo.
› › El Carmen
Este barrio, conocido por su vida residencial y comercial, se encuentra en el centro de las consideraciones para la ZBE. La inclusión de El Carmen está motivada por su afluencia de tráfico y la necesidad de mejorar las condiciones del aire para sus residentes.
› › Infante
El barrio de Infante también es un punto crítico en la delimitación de la ZBE. Al igual que El Carmen, presenta un tráfico notable y está compuesto por una comunidad que busca mejorar su calidad de vida. Las regulaciones en esta zona son fundamentales para mitigar las emisiones nocivas.
› › Alfonso X y San Nicolás
Las áreas de Alfonso X y San Nicolás están siendo consideradas como parte de la delimitación de la zona. Estas localizaciones tienen un flujo constante de vehículos y se caracterizan por una elevada actividad comercial. La regulación aquí podría ayudar a reducir la congestión y mejorar la calidad del aire, beneficiando a los ciudadanos y comerciantes locales.
Vehículos afectados por la ZBE
Requisitos de los distintivos ambientales
Para poder circular por las áreas de la ZBE, los vehículos deben poseer un distintivo ambiental, que clasifica a los automóviles según su nivel de emisiones.
Estos distintivos son emitidos por la Dirección General de Tráfico (DGT) y son esenciales para identificar rápidamente los vehículos que cumplen con los criterios de eficiencia. La clasificación incluye:
• Etiquetas cero emisiones: vehículos eléctricos e híbridos enchufables con cero emisiones.
• Etiquetas eco: híbridos no enchufables y vehículos que utilizan combustibles alternativos.
• Etiquetas C: vehículos de gasolina matriculados a partir de enero de 2006 y diésel a partir de 2014.
• Etiquetas B: vehículos de gasolina matriculados entre 2000 y 2005 y diésel entre 2006 y 2013.
• Sin etiqueta: vehículos que no son categorizados en las anteriores clasificaciones, principalmente los más antiguos.
Vehículos de gasolina matriculados antes de 2001
Los vehículos de gasolina que fueron matriculados antes del año 2001 son considerados los más contaminantes.
Por esta razón, aquellos que no posean un distintivo ambiental no podrán acceder a la ZBE. Estas restricciones buscan reducir la cantidad de emisiones de gases contaminantes que estos automóviles liberan al medio ambiente.
Con el tiempo, se pretende que la circulación de estos vehículos disminuya significativamente en las áreas más críticas de la ciudad, contribuyendo así a una mejora en la calidad del aire.
Vehículos diésel matriculados antes de 2006
Similar a los vehículos de gasolina, los diésel matriculados antes de 2006 también están sujetos a restricciones severas. Se ha constatado que estos vehículos son responsables de altos niveles de emisiones, lo que se traduce en una mayor contaminación del aire urbano.
Por este motivo, su acceso a la ZBE estará prohibido, con el objetivo de promover el uso de vehículos más limpios y fomentar alternativas de transporte menos perjudiciales para el medio ambiente. La prohibición contempla una transición hacia vehículos diésel más recientes que cumplan con las normativas de emisiones más estrictas.
Las prohibiciones y restricciones de acceso son elementos clave en la implementación de la Zona de Bajas Emisiones. Estas regulaciones están diseñadas para limitar la entrada de vehículos que no cumplen con los estándares ambientales establecidos.
Vehículos Prohibiciones y restricciones de acceso
Vehículos sin distintivo ambiental
El acceso a la Zona de Bajas Emisiones estará restringido principalmente a aquellos vehículos que no posean un distintivo ambiental.
Este distintivo, que es otorgado por la Dirección General de Tráfico (DGT), clasifica los vehículos según su impacto ambiental. Los vehículos que se verán afectados en esta regulación son aquellos que no cuenten con la etiqueta de la DGT, lo que incluye:
• Vehículos de gasolina matriculados antes del año 2001.
• Vehículos diésel matriculados antes de 2006.
Estos vehículos son considerados de alto nivel de emisiones contaminantes y su presencia en la ZBE podría contribuir significativamente a la degradación de la calidad del aire en la ciudad. Por ello, su acceso será prohibido a partir de la fecha establecida para la ZBE, que es el 1 de julio de 2024.